SEGURO BÁSICO (PÓLIZA 698-200) – RESUMEN DE GARANTÍAS

  1. Transporte o repatriación sanitaria en caso de enfermedad o accidente del Asegurado desplazado, hasta un centro sanitario adecuadamente equipado o hasta su país o lugar de residencia habitual. Incluido el acompañante.

 

  1. Asistencia médica (gastos de hospitalización, de intervenciones quirúrgicas, de honorarios médicos, de gastos de enfermería y de productos farmacéuticos) en caso de enfermedad o accidente del Asegurado desplazado en el extranjero (hasta 3.000,00 € máximo).

 

  1. Desplazamiento y alojamiento de una persona acompañante del Asegurado hospitalizado (hospitalización superior a cinco días) en caso de enfermedad o accidente (residente en el país o lugar de residencia habitual del Asegurado a elección de éste):

 
–  Desplazamiento al lugar de hospitalización (viaje de ida y vuelta)
–  Alojamiento : hasta 60,00€ ./día,  con un límite máximo de 600,00 €., o diez días.
 

  1. Prolongación de la estancia del Asegurado desplazado, en caso de enfermedad o accidente y siempre por prescripción facultativa (hasta 60,00€/día, con un límite máximo de 600,00€, o diez días).

 

  1. Transporte o repatriación del Asegurado fallecido y desplazamiento de una persona acompañante  (residente en el país o lugar de residencia habitual del Asegurado) que acompañe el cuerpo, hasta el lugar de inhumación, cremación o ceremonia funeraria en su país de residencia habitual.

 

  1. Desplazamiento del Asegurado por interrupción del viaje, debido al fallecimiento de un familiar hasta el segundo grado de parentesco en el país de residencia habitual del Asegurado.

 

  1. Desplazamiento del Asegurado por interrupción del viaje, debido a una emergencia en su residencia habitual o locales profesionales.

 

  1. Envío de medicamentos prescritos por un facultativo con carácter urgente.

 

  1. Transmisión de mensajes urgentes.

 

  1. Indemnización en caso de pérdida, robo o destrucción total o parcial por el conjunto del equipaje y efectos personales facturados, durante el transporte realizado por la compañía transportista (hasta 300,00 € máximo).
  2. Indemnización en caso de demora superior a 6 horas desde la llegada del vuelo, en la entrega del equipaje y efectos personales facturados en vuelo  (hasta 90,00 € máximo) para sufragar los gastos de primera necesidad.

 

  1. Localización y envío de los equipajes y efectos personales, hasta el lugar del viaje previsto o hasta el lugar de residencia habitual del Asegurado.

 

  1. Gastos de anulación de viaje  (hasta 300,00 € máximo).

 

  1. Fallecimiento accidental del Asegurado, como consecuencia de un accidente en el medio de transporte público (30.000,00 €).

 

  1. Invalidez permanente del Asegurado, como consecuencia de un accidente en el medio de transporte público (hasta 30.000,00 € máximo).

 

  1. Responsabilidad civil privada del Asegurado (hasta 60.000,00 € máximo).

 

  1. Adelanto de fondos en el extranjero (hasta 900.00 € máximo).